Litigios sobre contratos mercantiles
Controversias sobre compraventa, préstamo, mandato, arrendamiento y arriendo. Incumplimiento, vicios, constitución en mora, resolución e indemnización en Lugano.
Abogado para litigios sobre contratos mercantiles en Lugano
Cuando un contrato mercantil acaba en disputa, lo que está en juego es casi siempre elevado y el tiempo apremia. El despacho Haab Legal asiste a empresarios y pymes tesineses en las controversias sobre contratos de empresa: compraventa, préstamo, mandato, arrendamiento y arriendo. Actuamos tanto en fase extrajudicial (requerimiento, constitución en mora, transacción) como ante el Tribunal de Distrito de Lugano (Pretura) y el Tribunal de Apelación del cantón del Tesino.
Los tipos de controversia que tratamos
Litigios sobre contratos de compraventa
Las disputas más frecuentes se refieren a los vicios de la cosa vendida (art. 197 ss. CO) y al incumplimiento de las obligaciones de entrega o pago. El comprador dispone de tres remedios en caso de vicios: acción redhibitoria (resolución del contrato y restitución del precio), acción estimatoria (reducción del precio), acción de sustitución del bien defectuoso.
Para el vendedor, la disputa más común es el impago. La vía estándar es la constitución en mora con un plazo razonable (art. 102 CO), seguida, en caso de inacción, del procedimiento ejecutivo LEF. Para créditos discutidos en el fondo se acude directamente al proceso civil ante el Tribunal de Distrito o el Tribunal de Apelación según el valor.
Litigios sobre préstamos
El contrato de préstamo (art. 312 ss. CO) genera dos tipos de controversia. Del lado del prestamista: falta de reembolso a los vencimientos, pérdida del beneficio del plazo, ejecución de las garantías reales o personales. Del lado del prestatario: impugnación del tipo de interés, excepción de compensación, impugnación de cláusulas abusivas del contrato.
A los préstamos entre empresas no se aplica la ley de crédito al consumo. El fuero es el estipulado en el contrato y, en su defecto, el domicilio del demandado. Para créditos ciertos, líquidos y exigibles iniciamos con un requerimiento de pago LEF.
Litigios sobre el mandato
El mandato (art. 394 ss. CO) es el contrato base de muchas relaciones profesionales: asesoramiento, gestión patrimonial, intermediación. Controversias típicas: revocación del mandato (art. 404 CO, siempre posible, pero si es inoportuna obliga a indemnizar), responsabilidad del mandatario por mala gestión (art. 398 CO, diligencia debida), restitución de lo recibido en ejecución del mandato (art. 400 CO, retrocesiones incluidas).
La acción de responsabilidad contra un mandatario profesional (gestor patrimonial, asesor, fiduciario) prescribe a los 3 años desde el conocimiento del daño, y en todo caso a los 10 años desde el hecho (art. 60 CO).
Las vías procesales y extrajudiciales
Una controversia mercantil se cierra de tres formas. La primera: transacción amistosa, la más rápida y económica, por lo general con un intercambio de cartas y un acto de transacción. La segunda: procedimiento de conciliación ante el Tribunal de Distrito (art. 197 CPC), obligatorio para ciertas controversias. La tercera: proceso civil, ante el Tribunal de Distrito (primera instancia) o el Tribunal de Apelación (segunda instancia), con una duración media de 12-24 meses en primera instancia.
Para créditos ciertos, líquidos y exigibles, existe una cuarta vía más rápida: el procedimiento ejecutivo LEF. Notificado el requerimiento de pago, el crédito es cobrable si el deudor no formula oposición en 10 días. Si se opone, se solicita el levantamiento provisional o definitivo de la oposición. Para los detalles, véase la página Cobro de créditos.
Cuándo actuar y cómo prepararse
La regla práctica para quien tiene una controversia mercantil: reunir pruebas antes de actuar. Correos electrónicos, contratos firmados, facturas, confirmaciones de pedido, intercambios de WhatsApp, albaranes de entrega. Sin prueba documental, el juez no puede pronunciarse a favor. Una vez reunida la documentación, lo primero que hacemos es una valoración preliminar de la causa: probabilidad de éxito, valor de transacción realista, riesgo de condena en costas. Solo después se decide si proceder y con qué estrategia.
